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Confirmada la indemnización de 80.000 euros por la muerte de una mujer en una residencia
El tribunal rechaza el recurso de la empresa y ratifica la falta de atención a las úlceras de la paciente
La Audiencia de Valladolid ha confirmado la condena a una residencia a abonar una indemnización de 80.116,79 euros a la familia de una mujer, después de considerar que la demandada no prestó la atención necesaria a la úlcera sacra sobreinfectada que padecía la paciente, lo que provocó una sepsis generalizada que desató su muerte.
De este modo, se ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de CLECE S.A. contra la sentencia dictada en fecha por el Juzgado de 1a Instancia Número 2 de Valladolid.
La resolución del tribunal provincial ha recordado que la sentencia de primera instancia se basó en la falta de constancia de la realización de los cambios posturales cada dos horas y de levantamiento diario de la cama prescritos por el médico de esta residencia.
Además, se ha determinado que la parte demandada no ha aportado el libro o estadillo de movilizaciones, que debe recoger, de manera específica, la realización de todas ellas.
Sin embargo, sí que se ha aportado la realización del libro de incidencias, donde aparecen algunas entradas que recogen ciertas movilizaciones, algo ha sido una prueba suficiente de que la residencia haya cumplido ordenadamente por el médico.
La parte apelante sostiene que la sentencia presume indebidamente el encamamiento de la residente el 8 de abril, cuando en el libro de incidencias se mantiene que al día siguiente la residente caminaba con apoyo en las barras, lo que conlleva que fuera imposible realizar los cambios posturales para esa fecha.
La Audiencia ha reconocido que la sentencia no ha dibujado un relato preciso y no se ha podido determinar correctamente el encamamiento de los días 8 o los días 14 o 15 de abril que se mencionan en el mismo párrafo.
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