Que tristeza sin fin. Sobre la modificación de una Ley

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Que tristeza sin fin. Sobre la modificación de una Ley
Archivo - Juez, jugado, mazo | Foto: Europapress
El autor esIluminado  Prieto
Iluminado Prieto
Lectura estimada: 6 min.
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Venecia. En Venecia siempre fui feliz; no he vuelto, sus tiendas de entonces ya no eran, sus calles tampoco; en las últimas noches, en el cielo de San Marcos, cientos de luminosos aparatos voladores, en la plaza, cientos de asiáticos los vendían. Qué tristeza sin fin.

Salamanca. En Salamanca no siempre fui feliz; me fui, volví y aquí, donde estudié Derecho y donde con su estudio me creí, ingenuo de mí, los principios y valores de la Constitución de 1978, he desarrollado mi vida profesional. Aquí, hombres y mujeres me enseñaron Derecho, también a vivir; encontré maestros cuyos recuerdos aún me empañan los ojos; aquí, tres hombres me enseñaron a trabajar y, unos cuantos me han dado muchos disgustos. Aquí, he perdido la fe en el Derecho. Qué tristeza sin fin. Conservo la esperanza en la Justicia.

Aún hoy me gusta escuchar a Aznavour cantando "Venecia sin ti"; entre otros, me trae el recuerdo de aquella fría noche de finales de marzo, en San Marcos sólo quedábamos nosotros y la orquestina de una de sus cafeterías, y amables tocaron para nosotros esto y aquello, también "Venecia sin ti". "Que profunda emoción recordar el ayer cuando todo en Venecia me hablaba de amor"... "Qué callada quietud, qué tristeza sin fin, qué distinta Venecia si me faltas tú". Hoy Venecia es distinta, aunque no me faltas tú.

Aún hoy me gusta leer la Constitución española. Su artículo 5 es el más corto y premonitorio: "La capital del Estado es la villa de Madrid". En Madrid, hay mucho madrileño y gentes de todas las partes; también mucho villano. En la derecha, en la izquierda, aquí y allá, en el Congreso de los Diputados, en el Senado hay mucho villano. Su artículo 81 trata sobre las leyes orgánicas, en lo que ahora interesa, como relativas al desarrollo de los derechos fundamentales, y entre estos, el derecho a la obtención de la tutela judicial efectiva del artículo 24.1 - "Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión"-.

La reciente Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, en su Disposición final trigésima tercera recoge el plazo de tres meses desde su entrada en vigor, a principios del pasado abril, para presentar "un proyecto de ley orgánica [que] garantice el cumplimiento de los estándares europeos fijados en la Directiva 1999/70/CE"... conforme a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Este proyecto de ley apareció publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales número 59-1, Congreso de los Diputados el pasado 22 de mayo: "Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, para la ampliación y fortalecimiento de las carreras judicial y fiscal".

A quien corresponda eso de las enmiendas a los proyectos de ley: "Teniendo en cuenta el escrito número de registro 68809, encomendar Dictamen por el procedimiento de urgencia, conforme a los artículos 109 y 93 del Reglamento, a la Comisión de Justicia. Asimismo, publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, estableciendo plazo de enmiendas, por un período de ocho días hábiles, que finaliza el 31 de mayo de 2025".

Este proyecto de ley está causando mucho revuelo, hasta según parece un paro de jueces y magistrados de nuestros órganos judiciales de diez minutos, a las doce de la mañana del día once de junio, con presencia ante las puertas de los edificios que acogen Juzgados y Tribunales de toda España. Motivo, la "escandalosa" modificación de las condiciones de acceso a la carrera judicial, pues de aprobarse ese proyecto, un licenciado (ya quedamos pocos), o un graduado en Derecho con cinco años de experiencia podría optar al ingreso en esa carrera profesional.

A mí, que me escandaliza el actual sistema de acceso a la carrera judicial, también me escandaliza, por absurda, esa increíble posibilidad. Si con el actual sistema ya tenemos jueces venales a discreción, ¿qué tendríamos entonces?

Pero no sólo me fijo en quien puede o no acceder a la carrera, me fijo en su formación, y con relación a esto, no leo ni escucho nada. La formación de nuestros jueces tiene un déficit profundo, el desconocimiento del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El día 4 de diciembre de 2024 el BOE publicó el "Acuerdo de 3 de diciembre de 2024, de la Comisión de Selección", ... por el que se convocan pruebas selectivas... para el acceso a la Carrera Judicial y a la Carrera Fiscal... El anexo I recoge el "Programa que ha de regir la oposición"... este programa en su tema 15 trata "La Declaración Universal de Derechos Humanos... El Convenio Europeo de Derechos Humanos... La eficacia de las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos..." El programa de la Escuela adolece de lo mismo.

¿La formación de los jueces en el Convenio Europeo de Derechos Humanos es importante? Sí; motivo constitucional y de lógica. El apartado 2 del artículo 10 de la Constitución dice: "Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades... se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales..." El artículo 24.1 recoge: "Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva..." ... Y siendo el derecho a la tutela judicial efectiva un derecho fundamental, clave... según el apartado 3 del artículo 117... por jueces sometidos únicamente al imperio de la ley, apartado 1 del artículo 117.

Entonces, desde el desconocimiento de lo fundamental, ¿cómo interpretarán nuestros nuevos (y los no nuevos) jueces la tutela judicial efectiva conforme a la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados...? De ninguna manera. Y esto también es escandaloso. Y es un escándalo que quienes dicen estar muy preocupados por el Estado de Derecho, no se preocupen ni por las carencias de su propia formación ni por la de quienes les seguirán. Mérito, capacidad y conocimiento.

No hay Estado de Derecho sin un Poder Judicial compuesto por personas formadas realmente en el Derecho actual, y este pasa por el conocimiento al dedillo del Derecho de la Unión Europea, la célebre cuestión prejudicial del artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Y ya sabemos, dos temas para todo ello.

La exposición de motivos del proyecto de ley dice: "La primera finalidad que persigue esta ley es potenciar la excelencia... profundizando en el derecho fundamental a la igualdad en el acceso... en la adecuación de los procedimientos... y en la acomodación del número de jueces a las necesidades del país." Para ello... se modificará el Centro de Estudios Jurídicos, se concederán becas, y se actualizarán los procesos selectivos... Como sistema de ascenso: café para todos, ascenso automático basado en la antigüedad.

No escucho nada con relación a las Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia, y me malicio que ahí hay mucha tela que cortar en esto del funcionamiento de la Justicia. No obstante, el literal de las leyes... es un arcano para quienes no somos jueces...

Lo indicado en la exposición de motivos... no tiene desperdicio: "...la selección se realiza en base a pruebas principalmente memorísticas... pero que no potencian ni evalúan otras aptitudes igualmente necesarias... Las pruebas actuales, eminentemente orales, no permiten conocer ni evaluar la capacidad de expresión y razonamiento escritos... Los conocimientos... deberían estar informados desde una perspectiva que ayude a la contextualización de la función jurisdiccional... con capacidad crítica y sensibilidad social... profesionales que dominen conocimientos técnicos, pero también habilidades, conocimientos y capacidades en otros ámbitos...".

Venecia ya no es, ha pasado una vida y todo cambia. La Constitución, como la Puerta de Alcalá, ahí está viendo pasar el tiempo; nuestros jueces ahí están, también viendo pasar el tiempo, algunos prejubilados desde su primer día... Ahora, por aquello de un posible nuevo sistema de acceso, se dan cuenta de no sé qué... pero siguen ignorando y manteniendo sus carencias. Con el nuevo sistema el Estado de Derecho se debilita, nos dicen; sus carencias con relación a los derechos fundamentales quizás lo fortalezcan. Hace ya tiempo que España dejó de ser material, que no formalmente, un Estado de Derecho. ¡Ay de los libros! Cuánto ocupan y cuánto tiempo reclaman. Una vida. ¡Qué tristeza sin fin!

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