El TSJ de Castilla y León desestima el recurso contra el fallo del juzgado y recuerda que las faltas muy graves prescriben a los seis meses de haberse cometido
Anulan un despido por llamar "foca" y "maricón" a un compañero de trabajo porque la falta ya había prescrito
El TSJ de Castilla y León desestima el recurso contra el fallo del juzgado y recuerda que las faltas muy graves prescriben a los seis meses de haberse cometido
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha rechazado el despido de una empleada que reiteradamente llamaba "puto gordo" y "maricón" a un compañero, al entender que la falta cometida por la trabajadora había prescrito cuando se inició el proceso de despido.
En una sentencia del pasado mes de julio a la que ha tenido acceso EFE, el TSJ de Castilla y León desestima el recurso de L'Oréal contra un fallo del 4 de marzo del juzgado de lo Social nº 2 de León.
El caso es el de una empleada de un puesto de la firma de cosméticos L'Oréal en una gran superficie de León, que hasta las navidades de 2023 insultaba de forma reiterada a un compañero llamándole "maricón", "puto gordo", "foca" o "maricona mala", además de comentar a su paso "ahí viene la marquesa".
Asimismo, la mujer desacreditaba a sus compañeros cuando estaban atendiendo a los clientes y realizaba constantes críticas y un control injustificado de otros empleados, lo que generó un clima "totalmente insostenible" en el centro de trabajo.
Pese a todo, el TSJ recuerda que el artículo 60 del estatuto laboral dispone que las faltas leves prescribirán a los diez días; las graves, a los veinte días; y las muy graves, a los sesenta días a partir de la fecha en que la empresa tuvo conocimiento de su comisión y, en todo caso, a los seis meses de haberse cometido.
La sentencia del juzgado de primera instancia estimó la demanda al entender que concurría la prescripción larga, aclara el TSJ, que añade que para este tipo de prescripción la norma dispone que se computará desde la comisión de los hechos. Y en este caso, aunque los hechos están perfectamente constatados, no se prolongaron más allá de las navidades de 2023, por lo que el "dies a quo" -momento en el que empieza a contar el plazo- no puede ir más allá de esa fecha y la empleada fue despedida en septiembre de 2024.
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