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ZBE en Valladolid: 10 preguntas que debes hacerte antes de que empiecen las multas
El concejal de Movilidad, Alberto Gutiérrez, responde a las principales dudas sobre el funcionamiento y sanciones de la Zona de Bajas Emisiones
Queda poco más de un mes para que la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Valladolid entre en su fase decisiva. Después de varios meses de adaptación y campañas informativas, el próximo 1 de julio comenzará la fase sancionadora, lo que marca el inicio efectivo de esta medida de movilidad sostenible que afecta al centro de la ciudad. La cuenta atrás ha comenzado y muchas personas aún se preguntan cómo les va a repercutir en su día a día.
La implantación de esta ZBE responde a una normativa estatal que obliga a las ciudades de más de 50.000 habitantes a delimitar áreas con restricciones al tráfico más contaminante. En el caso de Valladolid, se ha optado por una zona que abarca el Casco Histórico, con el objetivo de mejorar la calidad del aire, reducir el ruido y hacer de la ciudad un entorno más saludable para todos.
Para resolver las dudas más frecuentes planteadas por los lectores de Tribuna Valladolid, hemos hablado con el concejal de Tráfico y Movilidad del Ayuntamiento, Alberto Gutiérrez, quien explica los detalles de esta nueva etapa, los motivos de su puesta en marcha y cómo afectará a vecinos, conductores y visitantes a partir de este verano.
PREGUNTA: ¿Con que tipo de coche puedo entrar en la ZBE a partir del 1 de julio sin acarrear sanción?
R: A partir del 1 de julio, los únicos vehículos que pueden ser susceptibles de sanción son aquellos que no disponen de etiqueta medioambiental. El resto de los coches, da igual que sea etiqueta B, que sea etiqueta C, que sea etiqueta Eco, pueden acceder sin necesidad de ningún tipo de trámite. Los únicos que están afectados son aquellos que llamamos vehículos sin etiqueta.
P: Mi coche tiene etiqueta B, ¿puede entrar en la ZBE?
R: Puedes entrar en la Zona de Bajas Emisiones. La ordenanza lo que regula es que a partir del 31 de diciembre del 2027 habría una nueva regulación que afectaría a los vehículos etiqueta B, pero en este momento del 1 de julio de 2025 puedes entrar y salir sin ningún problema con una etiqueta B en el vehículo.
P: ¿Cuál es la cantidad mínima de una infracción leve si entro con un coche sin etiqueta en la ZBE? ¿Y la máxima?
R: No hay mínima y máxima. Hay una única sanción posible que es la que está recogida en la ordenanza y en el reglamento de circulación. El reglamento de circulación fija que esta es una actuación grave y la ordenanza municipal fija que es una actuación grave. Eso conlleva una sanción de 200 euros aunque puede llevar una reducción como todas las sanciones, del 50% si se hace un pago rápido de la sanción, pero no hay una graduación de la sanción, es exclusivamente es una sanción grave que tiene un alcance de 200 euros, ni máximo ni mínimo, lo único que puede ser reducido en un 50% si se hace un pronto pago.
P: ¿Qué tiempo es el mínimo de circular por la ZBE para recibir una multa?
R: No hay un tiempo mínimo o máximo. Lo que se sanciona es el acceso, haber traspasado el límite de la Zona de Bajas Emisiones. Por lo tanto, una vez que se ha accedido, da igual el tiempo que se esté, si eres un vehículo sin etiqueta y puede ser objeto de sanción es sancionado independientemente del tiempo que se tarde.
P: En caso de emergencia, si voy a recoger a mi hija en un centro escolar, ¿podría entrar en la ZBE para llevarla al hospital?
R: Si el hospital está localizado en la Zona Bajas Emisiones, si se accede porque tienes una necesidad médica, dispones de un plazo de cinco días para justificar que el acceso se ha producido por una necesidad médica y entonces no sería objeto de sanción.
P: ¿Cómo hago para llevar o recoger a mi hijo en el colegio si mi coche no tiene etiqueta sin ser una emergencia?
R: Es una gestión colectiva que se produce a través de los centros educativos. Serán estos los que nos informarán de la relación de matrículas que tienen esa necesidad de entrar y salir de la ZBE vinculado al acceso escolar de sus hijos, con lo cual no serán objeto de sanción.
P: Si entro a un parking, ¿estoy libre de sanción? ¿Cuánto tiempo tengo para salir de ahí a fuera del perímetro?
R: Tanto si se accede a un aparcamiento de gestión pública o de gestión privada, el propio lector de matrículas del aparcamiento nos notifica tanto el momento del acceso como el momento de la salida. Esto se contrasta con las cámaras de videovigilancia de las distintas matrículas y entendemos que el tiempo de salida pues es el tiempo razonable.
Si uno ha accedido y su destino ha sido un estacionamiento, y en el trayecto de salida ha tenido alguna demora o retraso, no va a ser objeto de sanción porque ya está exento por haber accedido a un estacionamiento
P: Si tengo el distintivo de estacionamiento autorizado, ¿me podrían sancionar o estoy exento?
R: Todos los residentes en la zona que se encuentra dentro de la Zona Bajas Emisiones con su distintivo de residente de estacionamiento pueden entrar y salir sin ningún problema. No es sancionable.
P: ¿Es obligatoria la etiqueta en las motocicletas? Y si es así, ¿dónde debe ponerse? ¿Y estacionar?
R: En el caso de las motocicletas el funcionamiento es exactamente igual que el de los coches. Hay motocicletas, eso sí que es cierto, que tienen un distinto sistema de motorización y combustión, normalmente la mayoría de las motocicletas tienen distintivo ambiental.
Pero hay motocicletas que no tienen etiqueta, que por supuesto les afecta igual que a otro vehículo. Por lo tanto, el propietario de una motocicleta debe hacer el mismo sistema de consultar a través de la página web municipal o a través de la página de la Dirección General de Tráfico, si su matrícula es de un vehículo con etiqueta o sin etiqueta, a partir de ese momento tomar la decisión de acceder o no acceder, pero es exactamente igual que un cualquier otro tipo de vehículo motorizado.
Las cámaras de videovigilancia lo que leen son matrículas, no leen etiquetas. No es obligatorio llevar la etiqueta ni en la moto ni en el coche, no es obligatorio. Sé que hay personas que están solicitando a correos la etiqueta para ubicarla en el parabrisas. No es obligatorio ni es eh imprescindible.
P: ¿Los vehículos de reparto sin etiqueta (motos, furgonetas...) podrían entrar en la ZBE para trabajar?
R: Los vehículos de reparto pueden solicitar una exención que está prevista en la ordenanza para los vehículos de empresa, sean estas personas físicas o jurídicas, pero tienen que ser vehículos que estén vinculados a esta actividad. No valen vehículos particulares que utilizo para las actividades de la empresa. En ese sentido, hay que tramitar esa autorización de forma individual o colectiva para que el lector de matrículas sepa que son vehículos que están destinados a carga y descarga.
P: Si entro por la mañana, y luego hago lo mismo por la tarde, ¿se trata de una doble sanción?
R: Las sanciones son por acceso. Por ejemplo, en la ordenanza regular de aparcamiento de la Ora, si aparco por la mañana y luego sobrepaso el tiempo de estacionamiento y aparco por la tarde, tienes dos sanciones. Pues en este caso es lo mismo, si los accesos son cuatro, cuatro sanciones tendrá.
P: ¿Se podrá circular por las calles que rodean la ZBE?
R: Sí, todo el perímetro de la Zona de Bajas Emisiones es zona en la que no hay sanción. Las sanciones son por traspasar el límite, pero no por el perímetro. Por lo tanto, calles tan importantes como Isabel la Católica San 15 perímetro de la ZBE y en ese caso no hay ningún tipo de sanción. Se puede circular perfectamente.
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