La Justicia condena a Carnero por censurar a la oposición y le obliga a debatir sobre el "alcalde B" en el Pleno

El Tribunal de Instancia impone costas de hasta 800 euros al Ayuntamiento de Valladolid tras dictaminar que el alcalde del PP vulneró la Constitución al vetar de forma premeditada dos mociones del PSOE en 2025

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La Justicia condena a Carnero por censurar a la oposición y le obliga a debatir sobre el "alcalde B" en el Pleno
Pedro Herrero mostrando la sentencia. Foto: GMS
El autor esRebeca Pasalodos Pérez
Rebeca Pasalodos Pérez
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El portavoz del Grupo Municipal Socialista (GMS-PSOE) en el Ayuntamiento de Valladolid, Pedro Herrero, ha comparecido este viernes en rueda de prensa para detallar la reciente sentencia judicial que condena al Consistorio y, por extensión, al alcalde Jesús Julio Carnero (PP), por "censurar a la oposición y vulnerar la Constitución Española". La resolución judicial dictamina que el regidor debe admitir en el pleno municipal las mociones del PSOE destinadas a debatir sobre la controvertida figura del "alcalde B".

El origen del conflicto: la anulación definitiva del cargo

El enfrentamiento político se remonta a la creación del puesto de Director de Coordinación de Políticas Públicas, conocido popularmente como "alcalde B", ocupado por Indalecio Escudero, y que fue aprobado por la Junta de Gobierno del PP en agosto de 2023. Esta plaza de confianza, asignada de manera discrecional, supuso un desembolso anual de 156.762 euros, con una proyección de coste superior a los 620.000 euros para todo el mandato.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) declaró ilegal este puesto en diciembre de 2024, argumentando que su incorporación a la Relación de Puestos de Trabajo se realizó de forma irregular sin que el Pleno municipal hubiera modificado previamente el Reglamento Orgánico. En febrero de 2026, el Tribunal Supremo inadmitió el recurso de casación del Ayuntamiento, convirtiendo en firme la nulidad de la plaza. Ante este revés judicial, el gobierno municipal de PP y Vox aprobó de urgencia una modificación del Reglamento Orgánico para regular y mantener esta estructura directiva en torno a la figura cuestionada.

Un veto "premeditado y antidemocrático" contra la Constitución

A pesar de la nulidad judicial original, el alcalde de Valladolid vetó en septiembre y octubre de 2025 las mociones del PSOE que instaban a reintegrar estas funciones políticas delegadas en el propio regidor o en un concejal de su equipo. El PSOE recurrió a los tribunales denunciando que este veto vulneraba el derecho fundamental a la participación política recogido en el artículo 23 de la Constitución.

"El señor Carnero ha sido condenado. La Justicia lo ha condenado por censurar a la oposición vulnerando la Constitución española. Ahí es nada", ha aseverado Pedro Herrero. El portavoz socialista ha recordado que advirtió personalmente al alcalde durante las juntas de portavoces de que estaba actuando al margen de la ley al prohibir las iniciativas. "Al mes siguiente volvió a hacerlo con todo su empecinamiento, es decir, fue algo premeditado. El señor Carnero se pensó desde un principio que aquí en el Ayuntamiento podía hacer lo que quisiera".

Para Herrero, estas actitudes representan un abuso de poder impropio de la democracia. "Ese veto a la oposición en realidad es un veto a los vecinos", ha denunciado, insistiendo en que el Consistorio y el salón de plenos pertenecen a la ciudadanía de Valladolid. "Si hay alguien que no lo sepa en Valladolid, que lo sepa. Desde luego, lo que el señor Carnero ha conseguido con su empecinamiento es que si alguien no sabía quién era su alcalde B, ahora no va a haber nadie en Valladolid que no lo sepa".

Consecuencias prácticas y los próximos pasos del Ayuntamiento

La nueva sentencia dictamina que el Ayuntamiento está obligado a incluir las dos mociones previamente prohibidas en el orden del día del pleno. Asimismo, el fallo condena en costas al Consistorio por una cuantía de hasta 800 euros, que se suman a los 2.000 euros en costas ya impuestos previamente por el Tribunal Supremo en el proceso anterior de nulidad del cargo.

El portavoz socialista ha matizado que las consecuencias inmediatas dependen de la actitud del regidor. "Si él acata lo que dice la justicia por una vez y asume la sentencia, pues tendrá que incluir en el orden del día esas dos mociones". No obstante, Herrero da por hecho que el alcalde recurrirá de nuevo la decisión judicial para demorar el debate político a expensas de los contribuyentes. "Si recurre y da una patada adelante como es su estilo, pues tendrá que hacerlo cuando la sentencia sea firme".

Con los próximos plenos municipales programados para los días 14 y 28 de septiembre, la oposición se muestra firme en su labor fiscalizadora. "Nosotros vamos a seguir haciendo nuestro trabajo con el mismo rigor y sabiendo en qué se gasta porque los vecinos tienen derecho hasta el último céntimo de su dinero", ha concluido Herrero, remarcando que mantendrán "intacta" su libertad para ejercer el control del equipo de gobierno municipal y debatir sobre el "alcalde B" cuando sea oportuno.

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