02/05/2025
Notas a la Ley Orgánica 1/2025. Pretensión de eficiencia del Servicio Público de Justicia
Posible colapso de los juzgados ante la nueva Ley Concursal. | Foto: Europapress
Lectura estimada: 9 min.
---
[1] Art. 5.1 Código Civil, "Siempre que no se establezca otra cosa, en los plazos señalados por días, a contar de uno determinado, quedará éste excluido del cómputo, el cual deberá empezar en el día siguiente; y si los plazos estuviesen fijados por meses o años, se computarán de fecha a fecha. Cuando en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes."
[2] Art. 2.1 Código Civil, "Las leyes entrarán en vigor a los veinte días de su completa publicación en el «Boletín Oficial del Estado», si en ellas no se dispone otra cosa."
[3] Art. 2.2 Código Civil, "Las leyes sólo se derogan por otras posteriores. La derogación tendrá el alcance que expresamente se disponga y se extenderá siempre a todo aquello que en la ley nueva, sobre la misma materia sea incompatible con la anterior. Por la simple derogación de una ley no recobran vigencia las que ésta hubiere derogado."
Lo más visto
El divertido comunicado con el que una tienda vallisoletana le ha dado su toque de humor al apagón
Denuncian el desahucio de una familia con cinco hijos que vivía de alquiler en Las Viudas
Una exposición da a conocer la Zona de Bajas Emisiones de Valladolid
Identifican a 47 hombres en una fiesta de madrugada en una nave con drogas y navajas
Hallan un cadáver de un hombre en un embarcadero cercano al Puente Mayor
Últimas noticias
Casa Santa Marta, al servicio de la historia: el hotel del Vaticano que se 'bunkeriza' para el cónclave
El Real Valladolid, descendido, recibe a un Barça lanzado hacia el título
Ingresa en prisión el autor confeso del crimen de su primo "por rencillas" en Sorribos de Alba (León)
El UEMC RVB apura su último cartucho ante el Aircargobooking Ourense
Buscan a familiares que puedan hacerse cargo de los tres menores encerrados durante cuatro años
0 Comentarios
* Los comentarios sin iniciar sesión estarán a la espera de aprobación
Inicia sesión o registrate para comentar