Valladolid registra 409 detenidos o investigados por delitos viales, un 18,5% más en un año
Conducir sin carné o tras perder todos los puntos se convierte en la principal causa, por delante del alcohol y las drogas
Valladolid contabilizó 409 personas detenidas o investigadas por delitos contra la seguridad vial durante 2025, un 18,5% más que el año anterior. La provincia se situó como la segunda de Castilla y León con más casos, solo por detrás de León, que registró 441, según los datos del Ministerio del Interior recogidos por Ical.
El incremento provincial se enmarca en una tendencia al alza en el conjunto de la Comunidad, donde el número de detenidos e investigados por delitos contra la seguridad del tráfico alcanzó los 2.658 casos en 2025, la cifra más alta de la serie histórica. El dato supone un aumento del 19,5% respecto a 2024 y del 36,1% en comparación con 2018.
Uno de los principales cambios se encuentra en los motivos que originan estas actuaciones. Conducir sin haber obtenido nunca el permiso o después de perder todos los puntos superó por primera vez a los delitos relacionados con el alcohol y las drogas. En Castilla y León se registraron 1.114 casos por estas causas, un 33,7% más que los 833 contabilizados en 2024. Representan cerca del 42% del total.
Por su parte, los delitos vinculados a la conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas sumaron 1.048 casos, un 10,2% más que el año anterior y el 39,4% del total. El exceso de velocidad tuvo un peso menor, con 37 casos, la misma cifra que en 2024.
León encabezó las cifras absolutas por provincias, con 441 detenidos o investigados, un 7,8% más. Por detrás se situaron Valladolid, con 409 y un incremento del 18,5%; Segovia, con 325 y una subida del 13,6%; Salamanca, con 319 y un 35,7% más; Zamora, con 303 y un aumento del 47,8%; Burgos, con 278 y un 17,8% más; Ávila, con 243 y un 12,5% más; Palencia, con 200 y un 26,5% más; y Soria, con 140 y un incremento del 3,7%.
De esta forma, todas las provincias de Castilla y León experimentaron aumentos durante el pasado año. Zamora registró la mayor subida porcentual, mientras que Soria presentó el incremento más moderado.
En cuanto al perfil de las personas detenidas o investigadas, los hombres representan nueve de cada diez casos. No obstante, el porcentaje de mujeres aumentó dos puntos respecto al año anterior, al pasar del 8% al 10%.
En la comparación entre comunidades autónomas, Andalucía encabezó la estadística, con 5.519 personas detenidas o investigadas, seguida de Galicia, con 3.011, y la Comunidad Valenciana, con 2.914. Castilla y León ocupó la cuarta posición, con 2.658 casos, y registró el mayor incremento interanual entre los territorios incluidos en el informe. La comparación no contempla Cataluña ni el País Vasco, donde la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil no tiene competencias.
Stop Accidentes pide más formación y atención a los reincidentes
La secretaria general de la ONG Stop Accidentes, Jeanne Picard, considera que esta evolución evidencia que "algo no está funcionando bien" y que la tolerancia cero frente al alcohol y las drogas al volante todavía está lejos de ser una realidad.
Picard reclamó prestar especial atención a los conductores reincidentes, sobre todo en los casos relacionados con el alcohol, al señalar que "muchas veces estamos hablando de personas enfermas". También defendió cambios en los cursos de recuperación de puntos del carné y lamentó que "seamos incapaces de reeducar".
La representante de la organización abogó por reforzar la formación y la información, además de implicar al entorno de los conductores y a la sociedad en general para mantener una actitud de tolerancia cero frente al consumo de alcohol al volante.
Las sanciones por los delitos contra la seguridad vial
Las consecuencias de estas conductas varían en función de la infracción y de su gravedad. En los controles de alcoholemia, dar positivo con una tasa superior a 0,25 y no superior a 0,50 miligramos por litro de aire espirado puede conllevar una multa de 500 euros y la pérdida de cuatro puntos. Cuando la tasa supera los 0,50 miligramos por litro, la sanción asciende a 1.000 euros y seis puntos. Para determinados conductores se aplican límites inferiores.
Cuando la tasa supera los 0,60 miligramos por litro de aire espirado o los 1,2 gramos por litro de sangre, la conducta constituye un delito. El Código Penal contempla penas de prisión de tres a seis meses, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Además, se impone la privación del derecho a conducir por un periodo superior a un año y de hasta cuatro años.
El exceso de velocidad también puede constituir delito cuando se supera en más de 60 kilómetros por hora el límite permitido en vías urbanas o en más de 80 kilómetros por hora en vías interurbanas. En estos supuestos se contemplan las mismas penas que para el delito de alcoholemia.
Por otro lado, negarse a realizar las pruebas legalmente establecidas para detectar alcohol o drogas puede acarrear una pena de prisión de seis meses a un año y la retirada del derecho a conducir por un periodo superior a un año y de hasta cuatro años.
El artículo 384 del Código Penal castiga conducir sin haber obtenido nunca el permiso, después de perder todos los puntos o tras una privación judicial del derecho a conducir. Estas conductas pueden conllevar prisión de tres a seis meses, multa de doce a 24 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
La conducción temeraria, cuando existe una imprudencia manifiesta que pone en peligro concreto la vida o la integridad de las personas, está castigada con prisión de seis meses a dos años y retirada del permiso por un periodo superior a un año y de hasta seis años. Si se conduce con manifiesto desprecio por la vida de los demás y se pone en peligro concreto a otras personas, las penas pueden elevarse a entre dos y cinco años de prisión, además de multa y privación del derecho a conducir de seis a diez años.
Por último, provocar un grave riesgo para la circulación mediante la colocación de obstáculos, el derrame de sustancias peligrosas o la alteración de la señalización, entre otras conductas previstas legalmente, puede castigarse con prisión de seis meses a dos años, multa de doce a 24 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de diez a 40 días.








