Condenado a 11 años de prisión por agredir sexualmente a la hija menor de su pareja en Valladolid
El tribunal rechaza el recurso de la defensa, que alegaba errores en la valoración de las pruebas y la vulneración de la presunción de inocencia, y ratifica la sentencia dictada por la Audiencia Provincial
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la condena de 11 años de prisión impuesta a un hombre por un delito continuado de agresión sexual a una menor en Valladolid. El TSJCyL ratifica así la sentencia dictada previamente por la Audiencia Provincial después de que la defensa recurriera el fallo alegando un supuesto error en la valoración de las pruebas y la vulneración del derecho a la presunción de inocencia.
El acusado tenía 49 años cuando se produjeron los hechos y mantenía desde hacía seis años una relación sentimental con la madre de la víctima. El hombre convivía, al menos desde enero de 2023, con su pareja, los dos hijos menores de edad de esta, nacidos de una relación anterior, y una hija mayor de edad del propio acusado.
Según el relato judicial, el condenado ejercía funciones de autoridad y supervisión sobre los menores tanto en cuestiones relacionadas con sus estudios como en las tareas domésticas.
Los hechos comenzaron cuando la víctima tenía 12 años
La sentencia sitúa el primer episodio el 26 de enero de 2024, cuando la menor tenía 12 años. El tribunal considera probado que el acusado aprovechó que el resto de la familia se encontraba durmiendo para realizarle tocamientos. Días después, cuando ambos se encontraban solos en la vivienda durante la noche, el hombre volvió a aproximarse a la menor, la besó y le pidió que no contara lo ocurrido a nadie.
Según la sentencia, esta conducta se repitió durante meses en diferentes ocasiones cuando el acusado se encontraba a solas con la víctima, o cuando los demás integrantes de la familia estaban en otras dependencias. El tribunal recoge también que el hombre ofrecía en ocasiones a la menor pequeñas cantidades de dinero o le permitía utilizar el ordenador. La niña rechazaba en todo momento su comportamiento y le recordaba la relación que mantenía con su madre.
El episodio más grave se produjo el 21 de mayo de 2024. La resolución judicial considera acreditado que el acusado llamó a la menor a un dormitorio cuando ambos estaban solos y cometió sobre ella una agresión sexual.
La menor se lo contó a la orientadora de su colegio
Ese mismo 21 de mayo, la víctima relató lo sucedido a la orientadora del centro educativo en el que estudiaba. Días después también se lo contó a su madre, que puso los hechos en conocimiento de la Policía Nacional. Los agentes detuvieron al acusado el 24 de mayo de 2024.
Ese mismo día quedó en libertad por decisión del Juzgado de Instrucción encargado inicialmente del procedimiento. El caso llegó posteriormente a la Audiencia Provincial, que consideró acreditados los hechos y condenó al acusado a 11 años de prisión por un delito continuado de agresión sexual.
La defensa recurrió la resolución ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León cuestionando, entre otros aspectos, la valoración de las pruebas realizada en primera instancia y alegando una vulneración de la presunción de inocencia. La Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL ha desestimado esos argumentos y ha confirmado la condena de 11 años de prisión dictada por la Audiencia Provincial.








