Anuladas las restricciones del Ayuntamiento de Aldeamayor a la oposición para contactar con técnicos municipales
La sentencia considera "desproporcionado" exigir a los concejales sin responsabilidades de gobierno que pidieran autorización previa al alcalde
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha estimado parcialmente el recurso presentado por los cuatro concejales de Centristas-CCD contra el Reglamento Orgánico Municipal (ROM) de Aldeamayor de San Martín y ha anulado varios de los preceptos que regulaban el acceso de los ediles de la oposición a los trabajadores y técnicos del Ayuntamiento.
La resolución, dictada el 17 de septiembre de 2026, considera que el reglamento municipal establecía para los concejales que no forman parte del equipo de gobierno unas condiciones más restrictivas que las aplicables a los propios vecinos. En concreto, anulada la obligación de solicitar previamente cita al alcalde para poder contactar con técnicos y empleados municipales, así como las sanciones vinculadas al incumplimiento de esta exigencia.
El tribunal entiende que este régimen resultaba "más gravoso, desproporcionado por incierto e injustificado" y relaciona el acceso de los concejales a la información y a los servicios municipales con el ejercicio de sus funciones de control y fiscalización.
Centristas-CCD obtuvo en las elecciones municipales de 2023 cuatro concejales, después de reunir el 24,8% de los votos válidos emitidos en Aldeamayor.
La oposición reivindica su derecho a fiscalizar al Gobierno municipal
El portavoz de Centristas-CCD, Félix Calleja, sostiene que la resolución judicial afecta directamente a la capacidad de la oposición para desarrollar su labor municipal. "No puede ser el propio fiscalizado quien decida si el fiscalizador puede hablar o no con un técnico municipal", afirma.
El grupo considera que, cuando un concejal necesita consultar a un trabajador municipal para comprobar el contenido o la tramitación de un expediente, ese contacto no debería quedar supeditado a una autorización previa de Alcaldía.
La sentencia señala además que los concejales de la oposición no pueden quedar en una posición menos favorable que los ciudadanos en el acceso a la información y contempla los supuestos en los que los servicios administrativos deben facilitar directamente determinados datos conforme a la legislación.
La formación también vincula la resolución con otras dificultades de acceso a información municipal que, según denuncia, se han producido durante el actual mandato. El concejal Santiago Álvarez pone como ejemplo el Libro de Decretos de Alcaldía.
"A día de hoy seguimos sin el acceso al Libro de Decretos que teníamos anteriormente. Sin poder conocer con normalidad las decisiones de Alcaldía, es mucho más difícil controlar qué se hace y cómo se gasta el dinero de los vecinos", señala.
El grupo registró en julio de 2026 un escrito en el que advertía de que sus concejales no disponían de acceso a ese documento.
El Comisionado de Transparencia de Castilla y León también ha recibido durante este mandato distintas reclamaciones relacionadas con el acceso a información y herramientas municipales por parte de concejales de Aldeamayor. En algunos casos, sin embargo, el organismo ha inadmitido las reclamaciones al considerar que las cuestiones planteadas no encajaban en el ámbito de sus competencias sobre acceso a la información pública.
El ROM mantiene la actualización de los sueldos municipales
La modificación del Reglamento Orgánico Municipal incluye también una disposición relativa a las retribuciones de los cargos públicos con dedicación exclusiva o parcial. El texto establece que estas cantidades podrán incrementarse cada año en el mismo porcentaje que se determine para el personal del sector público.
En 2023 se fijaron unas retribuciones de 50.000 euros brutos anuales tanto para el alcalde como para el teniente de alcalde. La modificación aprobada en 2025 incorporó posteriormente el mecanismo de actualización automática.
El concejal de Centristas-CCD Jesús Pedro Fernández Garrido cuestiona políticamente esta fórmula, aunque la sentencia no afecta a dicha disposición.
"Que algo sea legal no significa que sea ético. Después de fijarse unos sueldos de 50.000 euros anuales para el alcalde y el teniente de alcalde, aprobar que esas retribuciones se incrementen automáticamente cada año nos parece difícil de justificar ante los vecinos", sostiene.
Centristas-CCD recuerda asimismo que el ROM fue aprobado con los votos de PSOE, PP y Ciudadanos, además del de Vox, que entonces se encontraba en la oposición.
La resolución del TSJ de Castilla y León es susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo en los términos previstos por la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.








