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El TSJCyL confirma la absolución de un hombre acusado de agredir sexualmente a su casera en Valladolid
El tribunal concluye que no existe prueba suficiente para acreditar la agresión sexual ni las amenazas denunciadas y mantiene la sentencia absolutoria
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la absolución de un hombre que fue juzgado por una presunta agresión sexual y un delito continuado de amenazas contra su casera en Valladolid, al considerar que no existe prueba suficiente para desvirtuar su presunción de inocencia.
La resolución ratifica íntegramente la sentencia dictada previamente por la Audiencia Provincial de Valladolid, que ya había absuelto al acusado de ambos delitos tras analizar las pruebas practicadas durante el juicio. Según los hechos que la Audiencia consideró probados, la noche del 12 al 13 de agosto de 2023 el procesado se encontraba en la vivienda donde residía como inquilino desde hacía unos días junto a varios amigos y la propietaria del inmueble.
Tras permanecer juntos durante la jornada, ambos se quedaron solos en el domicilio y mantuvieron relaciones sexuales en el dormitorio de la mujer. La sentencia concluyó que dichas relaciones fueron consentidas y que la denunciante no se encontraba profundamente dormida ni tenía anulada su capacidad de decisión.
Asimismo, el tribunal consideró que tampoco había quedado acreditado que el acusado realizara amenazas, ya fuera de forma presencial, por teléfono, mediante mensajes a través de Telegram o por medio de terceras personas.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL respalda ahora la valoración realizada por la Audiencia Provincial y señala que la declaración de la denunciante presentaba contradicciones esenciales que impedían alcanzar una condena con las garantías exigidas en el proceso penal.
Los magistrados sostienen que los elementos periféricos analizados durante el procedimiento no permiten confirmar los hechos denunciados "más allá de toda duda razonable" y destacan que la sentencia de instancia realizó una valoración "racional y conjunta" de todas las pruebas practicadas.
Por ello, el alto tribunal autonómico concluye que debe prevalecer el principio de presunción de inocencia y mantiene la absolución del acusado tanto por el delito de agresión sexual como por el de amenazas.
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El tribunal concluye que no existe prueba suficiente para acreditar la agresión sexual ni las amenazas denunciadas y mantiene la sentencia absolutoria








