Rebajada de cuatro a dos años la condena por agresión sexual a una menor en Valladolid

El tribunal aprecia una atenuante por la cercanía de edad y madurez entre el acusado, de 20 años, y la víctima, que tenía 14 cuando sucedieron los hechos

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Rebajada de cuatro a dos años la condena por agresión sexual a una menor en Valladolid
Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL).
El autor esMiguel Ángel  Fernández
Miguel Ángel Fernández
Lectura estimada: 2 min.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha rebajado de cuatro a dos años de prisión la condena impuesta a un joven por un delito de agresión sexual cometido contra una menor de 14 años en Valladolid durante el verano de 2023.

La resolución modifica parcialmente la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Valladolid, que había condenado inicialmente al acusado a cuatro años de cárcel. El alto tribunal autonómico considera ahora que concurren dos circunstancias atenuantes: la confesión de los hechos y la aplicación analógica del artículo 183 bis del Código Penal, relacionado con la proximidad de edad y madurez entre las partes.

Según recoge la sentencia, el procesado, nacido en 2003, conoció a la menor en junio de 2023 y, pese a conocer su edad, comenzó a mantener contacto con ella a través de redes sociales y mensajes telefónicos. Posteriormente, ambos acordaron encontrarse en el barrio vallisoletano de San Pedro Regalado, donde se produjo la agresión sexual en fechas próximas al 27 de julio de ese año.

La Audiencia Provincial ya había tenido en cuenta la confesión del acusado para modular la condena. Sin embargo, el TSJCyL añade ahora la atenuante vinculada al artículo 183 bis, aunque aclara que esta circunstancia no elimina la responsabilidad penal.

En su argumentación, la Sala señala que la diferencia de edad entre ambos, de seis años, "no puede considerarse absolutamente desproporcionada" y destaca además que durante el procedimiento no se acreditó una situación clara de superioridad madurativa por parte del condenado respecto a la menor.

Con esta decisión, el tribunal fija finalmente la pena en dos años de prisión por un delito de agresión sexual a menor de 16 años en modalidad atenuada.

 

 

 

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