La Policía Nacional localizó al presunto autor unas dos horas después del robo en la calle López Gómez y le intervino 211 euros
Cinco años de prisión por intentar matar a un hombre tras una discusión de tráfico en Valladolid
El tribunal rechaza el recurso de la defensa y avala que el acusado actuó con intención de matar, aunque sin alevosía
El TSJCyL ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid que condenó a un hombre a cinco años de prisión por un delito de homicidio en grado de tentativa, cometido contra otro en Valladolid, al arrollar a la víctima con un vehículo tras una diputa por una cuestión de tráfico.
La sentencia estableció que el acusado tuvo intención de matar pero desechó la existencia de alevosía, al rechazar que el procesado diera un volantazo al final de su recorrido para arrollar a la víctima, por lo que calificó el delito como homicidio en grado de tentativa en vez de intento de asesinato.
Los hechos por los que se celebró la vista oral ocurrieron sobre las 15.10 horas del 15 de diciembre de 2021 en la calle Guipúzcoa de la capital vallisoletana, tras una discusión entre procesado y víctima por un asunto de tráfico.
Mientras el fiscal consideró que el encausado arrolló a otro hombre con ánimo de "acabar con su vida", la defensa alegó que el procesado dio marcha atrás para ponerse a la altura del otro conductor y hablar con él, sin que viera que al hacer esa maniobra le había arrollado.
Durante el juicio, la Fiscalía mantuvo su solicitud de nueve años de prisión para el procesado por un delito de asesinato en grado de tentativa, mientras la defensa también sostuvo su petición inicial, en este caso de tres meses de prisión por un delito de lesiones por imprudencia, con la eximente incompleta de esquizofrenia y atenuante de reparación del daño (una indemnización ya abonada).
El TSJCyL, al confirmar la resolución de la Audiencia y rechazar el recurso de la defensa, explica que comparte la valoración de la prueba que hace la sentencia impugnada, "por ser lógica, racional y razonable, llegando a la conclusión de que los hechos acaecidos son constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa".
También afirma, entre otros argumentos, que en este caso hubo un ataque total por parte del acusado hacia la víctima elegida, no consiguiendo su propósito por circunstancias totalmente al margen de su voluntad.
"Está claro que no hubo desistimiento", resume
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