El varón detenido reconoció tenerlo en el interior de su casa e hizo entrega del mismo a los agentes
Confirman la absolución de un vallisoletano acusado de violar a la hermana de su novia
El tribunal de primera instancia basó su sentencia en que apreció contradicciones entre lo que la niña dijo a la Guardia Civil
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la sentencia absolutoria que dictó la Audiencia Provincial de Valladolid para un acusado de agredir sexualmente a la hermana de su novia, que tenía 13 años en el momento de los hechos.
El tribunal de primera instancia basó su sentencia en que apreció contradicciones entre lo que la niña dijo a la Guardia Civil y lo que expresó al equipo psicosocial y no consideró acreditado que la menor entrase en la casa del procesado, de 26 años, la madrugada en la que supuestamente se produjo la agresión denunciada.
Las acusaciones por las que se celebró la vista oral incluyeron que los hechos ocurrieron el 13 de junio de 2021, en la vivienda del encausado, situada en un pueblo de la provincia vallisoletana.
La víctima -que declaró en prueba preconstituida- sostuvo que el procesado la agredió sexualmente en la casa, mientras el encausado negó que cometiera los hechos por lo que fue acusado.
El TSJCyL, en su resolución judicial, al rechazar el recurso planteado por la acusación particular, ha establecido que ni el hilo argumental de la sentencia resulta insuficiente ni irracional, ni se ha apartado manifiestamente de las máximas de experiencia, ni ha omitido cualquier razonamiento sobre alguna o algunas de las pruebas practicadas que pudieran tener relevancia o cuya nulidad haya sido improcedentemente declarada.
El TSJCyL ha argumentado que coincide con la Audiencia en decir, no que los hechos analizados y que constituyen la base de la denuncia no sean ciertos, sino que "no existe prueba bastante para, eliminada toda duda razonable, tener por ciertos los mismos".
En el juicio celebrado en la Audiencia, la Fiscalía había pedido catorce años de cárcel por un delito de agresión sexual contra menor de 16 años y, de forma alternativa, la imposición de nueve años de prisión, mientras la acusación particular había reclamado quince años de cárcel y la defensa la absolución.
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