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La temporada de pesca en aguas trucheras empezará el 19 de marzo en Valladolid y el 26 en Palencia
La orden anual publicada hoy no contempla para especies invasoras ni talla mínima ni cupo de capturas
La temporada de pesca en aguas trucheras de acceso libre se iniciará el próximo año el 19 de marzo en las provincias de Ávila, Salamanca, Segovia y Valladolid y una semana más tarde, el día 26, en Burgos, León, Palencia, Soria y Zamora. En todas finaliza el 31 de julio. Mientras, se mantiene la posibilidad de practicar la pesca todos los días del año en aguas no trucheras, al igual que en pasadas campañas.
Así lo establece la orden de pesca para 2022 que publica hoy el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) y que determina las especies que podrán ser objeto de pesca, así como la gestión de especies no pescables y exóticas invasoras.
Así, se declaran como pescables la trucha común, el hucho o salmón del Danubio, barbo común, barbo de Graells, barbo colirrojo, boga del Duero, boga de río, madrilla, bordallo, cacho, carpín, gobio, tenca y piscardo.
La orden mantiene la simplificación de años anteriores y establece medidas de gestión de pesca para el control de especies exóticas invasoras, para las que no se contempla talla mínima, cupo de capturas ni se permite la devolución a las aguas de los ejemplares de especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, con la excepción de la carpa y del black-bass, que sí podrán ser reintroducidas si así lo desea el pescador.
En el caso del cangrejo rojo y del señal, la orden permite su pesca sin cupo ni talla entre los meses de junio a diciembre, ajustándose a los días previstos en los planes de pesca de los cotos, aguas de régimen especial controlado (AREC), que principalmente se da en embalses, y escenarios deportivos-sociales, y todos los días de estos meses en las aguas de acceso libre.
Al igual que durante la pasada temporada de pesca la orden establece que en las aguas no trucheras el usuario deberá devolver cualquier captura de trucha, por motivos de protección de las poblaciones residuales.
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