Pedro Retuerto gana el último asalto judicial y vuelve a centrarse en el boxeo

El expresidente de la Federación de Boxeo de Castilla y León ve revocada la condena de un año de prisión y 20.000 euros de indemnización. Tras conocer la resolución, centrará sus esfuerzos esta semana en animar a Salvi y, posteriormente, en organizar nuevas veladas

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Pedro Retuerto gana el último asalto judicial y vuelve a centrarse en el boxeo
Pedro Retuerto. Fotografía de Valladolid Deporte cedida a TRIBUNA.
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Pedro Retuerto Marqués ha ganado el combate que llevaba meses disputando fuera del cuadrilátero. La Audiencia Provincial de Valladolid ha absuelto al expresidente de la Federación de Boxeo de Castilla y León del delito de apropiación indebida por el que había sido condenado a un año de prisión y al pago de una indemnización de 20.000 euros. La resolución, fechada el 18 de septiembre de 2026, estima el recurso de apelación presentado por su defensa y revoca la sentencia dictada el pasado mes de febrero por el Juzgado de lo Penal número 2 de Valladolid.

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial considera que no ha quedado acreditado que Retuerto se apropiara de fondos de la entidad federativa y cuestiona la falta de motivación de la sentencia inicial, así como la insuficiencia de las pruebas económicas utilizadas para fundamentar la condena. El fallo supone un cambio de rumbo en un procedimiento judicial que había situado al exdirigente deportivo en el centro de la controversia. En marzo, después de conocer la primera condena, Retuerto defendió públicamente su inocencia en una entrevista concedida a TRIBUNA y anunció que recurriría la resolución judicial.

"Aún quedan asaltos para ganar el combate y espero lograrlo", manifestó entonces, convencido de que conseguiría revertir la sentencia. Seis meses después, la Audiencia Provincial ha estimado su recurso y ha dictado una resolución absolutoria.

Una transferencia de 15.000 euros, en el origen del procedimiento

Los hechos que dieron lugar a la condena se remontan a 2020, cuando Retuerto presidía la Federación de Boxeo de Castilla y León. El 25 de junio de aquel año, el entonces dirigente suscribió un préstamo de 20.000 euros con el Banco Sabadell en nombre de la entidad deportiva. Según recogía la sentencia de primera instancia, el 10 de julio de 2020 se realizó una transferencia de 15.000 euros desde la cuenta de la Federación a otra de titularidad personal de Retuerto.

El Juzgado de lo Penal número 2 de Valladolid consideró que aquella operación constituía un delito de apropiación indebida y, mediante una sentencia dictada el 13 de febrero de 2026, condenó al expresidente a un año de prisión y a indemnizar a la Federación con 20.000 euros, además de asumir las costas procesales.

Retuerto rechazó desde el primer momento haberse apropiado de dinero de la entidad. En su entrevista, aseguró a este medio de comunicación que los fondos se habían destinado a sufragar gastos federativos y defendió que había aportado documentación para justificar las operaciones económicas realizadas durante su mandato.

El expresidente explicó también que había avalado personalmente el préstamo y que había afrontado determinados pagos de la Federación con sus propios recursos. Su defensa recurrió la condena ante la Audiencia Provincial, que ahora ha estimado sus argumentos sobre la insuficiencia de las pruebas para acreditar la apropiación indebida.

La Audiencia cuestiona la falta de motivación de la condena

La sentencia absolutoria, a la que ha tenido acceso este periódico, dedica parte de sus fundamentos jurídicos a cuestionar la argumentación de la resolución de primera instancia.

Los magistrados consideran que la sentencia recurrida carecía de una motivación suficiente para explicar cómo se había llegado a la conclusión de que Retuerto era responsable del delito. En este sentido, la Audiencia señala que una resolución judicial debe explicar por qué se concede mayor valor a unas pruebas que a otras y no limitarse a reproducir las declaraciones realizadas durante el procedimiento.

El tribunal considera que esa falta de motivación justificaría por sí misma la absolución, aunque también entra a examinar el fondo del asunto y las operaciones económicas que dieron lugar a la acusación. La clave de la nueva resolución se encuentra en la imposibilidad de determinar si los 15.000 euros transferidos a la cuenta personal de Retuerto constituían una apropiación de fondos federativos o una compensación por gastos que el propio expresidente había asumido anteriormente en nombre de la entidad.

Los gastos asumidos por Retuerto, determinantes para su absolución

La Audiencia Provincial reconoce que la gestión económica de la Federación durante la etapa de Retuerto presentaba una situación de confusión entre los pagos realizados por la entidad y aquellos que el expresidente afrontaba personalmente. Sin embargo, los magistrados consideran que esa forma de gestionar las cuentas, que califican de discutible, no permite concluir por sí sola que existiera una apropiación indebida.

La resolución establece como hecho probado que Retuerto afrontó gastos de la Federación durante su mandato y que no se ha acreditado que su importe fuera inferior a los 15.000 euros que recibió mediante la transferencia investigada. Para determinar si existió una apropiación, el tribunal entiende que habría sido necesario analizar el conjunto de los movimientos económicos de la entidad, incluidos los ingresos, los pagos y los gastos asumidos por su expresidente.

La sentencia también examina el informe pericial aportado durante el procedimiento, que reflejaba un saldo patrimonial negativo de 105.208,01 euros en la Federación de Boxeo de Castilla y León. No obstante, la Audiencia advierte de que dicho informe se limitaba a acreditar la situación patrimonial de la entidad, sin analizar los movimientos económicos que habían dado lugar a ese resultado.

Por tanto, aunque reconoce la existencia de ese saldo negativo, el tribunal considera que no se ha demostrado que Retuerto se apropiara de cantidad alguna. Los magistrados apuntan, además, que habría sido necesario realizar una auditoría de las cuentas federativas para determinar con precisión el destino de los fondos y esclarecer si las cantidades recibidas por el expresidente compensaban pagos que había realizado previamente.

Ante la falta de información económica, la Audiencia concluye que no existen elementos suficientes para mantener la condena por apropiación indebida.

Una sentencia que pone fin a la condena

La resolución de la Audiencia Provincial estima el recurso de apelación presentado por Pedro Retuerto, revoca la sentencia dictada el 13 de febrero de 2026 y lo absuelve del delito del que estaba acusado. Asimismo, declara de oficio las costas del recurso, dejando sin efecto la condena penal y la responsabilidad civil de 20.000 euros que se le había impuesto en primera instancia. El fallo supone un alivio para el expresidente después de meses defendiendo públicamente su inocencia y cuestionando la interpretación de los movimientos económicos realizados durante su etapa al frente de la Federación.

En aquella entrevista concedida a TRIBUNA, Retuerto había asegurado que nunca se había llevado dinero de la entidad y había manifestado su confianza en conseguir que la Justicia revisara la condena. La nueva resolución judicial confirma que no ha quedado acreditada la apropiación indebida que motivó el procedimiento, aunque también deja constancia de las deficiencias existentes en la gestión económica de la Federación durante el periodo investigado.

Del combate judicial a las veladas de boxeo

Superado este nuevo capítulo, Pedro Retuerto pretende volver a centrar sus esfuerzos en el deporte al que ha dedicado buena parte de su trayectoria. Su prioridad inmediata será animar a Salvi durante esta semana y, una vez concluida esa cita deportiva, retomar la organización de veladas de boxeo.

El expresidente de la Federación de Boxeo de Castilla y León, que estuvo al frente del organismo durante 15 años, había reivindicado en anteriores declaraciones su contribución al crecimiento del boxeo autonómico, tanto en número de clubes como de licencias deportivas.

Ahora, tras conocer la resolución de la Audiencia Provincial, quiere volver a los cuadriláteros organizando nuevos acontecimientos deportivos.

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