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El TSJCyL rebaja de 6.000 a 1.000 euros la indemnización a una víctima de agresión sexual en Valladolid
El tribunal mantiene las penas de prisión impuestas a los dos condenados, pero reduce la responsabilidad civil al no apreciar relación directa entre los hechos
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado las condenas impuestas a dos hombres por una agresión sexual cometida en Valladolid, aunque ha reducido de 6.000 a 1.000 euros la indemnización que deberán abonar a la víctima.
La resolución mantiene las penas fijadas por la Audiencia Provincial de Valladolid, que condenó a uno de los acusados a tres años y diez meses de prisión y al otro a dos años y diez meses por los delitos de agresión sexual y amenazas.
Los hechos se remontan al 11 de febrero de 2025. Según recoge la sentencia, la víctima acudió al domicilio de un conocido acompañada de los dos procesados. Durante la reunión, los presentes consumieron alcohol y diferentes sustancias estupefacientes, entre ellas cocaína, ketamina, GHB y marihuana.
La mujer también consumió alcohol y drogas, llegando a perder el conocimiento. Ante su estado, el residente de la vivienda planteó llamar a los servicios de emergencia, aunque uno de los acusados trató de evitarlo alegando que se encontraba en busca y captura. Aprovechando que la víctima estaba inconsciente, ambos condenados cometieron la agresión sexual. Además, uno de ellos realizó dibujos y pintadas en distintas partes de su cuerpo.
La situación fue descubierta cuando la Policía acudió al domicilio tras una llamada al 112 realizada por el propietario de la vivienda. Los agentes encontraron a la mujer inconsciente en el sofá y solicitaron asistencia sanitaria. Tras la detención de los sospechosos, uno de ellos llegó a amenazar al hombre que había alertado a Emergencias.
En los recursos presentados ante el TSJCyL, los condenados cuestionaban distintos aspectos de la sentencia. Sin embargo, el alto tribunal autonómico ha ratificado los hechos probados y las penas impuestas por la Audiencia de Valladolid. La única modificación afecta a la indemnización. Los magistrados consideran que no ha quedado acreditada la relación directa entre la agresión sexual y el trastorno psicológico por el que se reclamaba la compensación económica.
La sentencia reconoce que la víctima puede sufrir secuelas psicológicas, miedos o pesadillas, pero concluye que no existe prueba suficiente para establecer el nexo causal necesario que permita imputar esos daños concretos a los hechos juzgados. Por este motivo, reduce la responsabilidad civil de los condenados de 6.000 a 1.000 euros.
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