Cuatro de los pacientes permanecen en estado crítico y uno estable, todos con graves quemaduras en distintas proporciones
El Tribunal Superior de Justicia confirma la improcedencia del despido de un trabajador de Renault
La empresa estará obligada a readmitir al operario
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la sentencia emitida por el Juzgado de lo Social n.º 1 de Valladolid, que declaró improcedente el despido de un trabajador de Renault España, S.A., con más de 20 años de antigüedad en la empresa.
El empleado, que trabajaba en la planta de Renault en Valladolid desde 2004, fue despedido en junio de 2024 mientras se encontraba en situación de incapacidad temporal debido a una discopatía lumbar y cervical. La empresa justificó su despido en un informe de un detective privado, quien alegó que el trabajador realizaba actividades supuestamente incompatibles con su estado de salud.
No obstante, el Tribunal determinó que las actividades observadas, como conducir, caminar o realizar tareas cotidianas, no constituían una transgresión de la buena fe contractual ni eran incompatibles con la dolencia del trabajador. Además, la sentencia enfatiza que estas acciones fueron recomendadas por los médicos como parte de su proceso de rehabilitación.
En consecuencia, Renault España, S.A. deberá optar entre readmitir al trabajador en su puesto o indemnizarlo con una cantidad superior a los 60.000 euros. Asimismo, la empresa ha sido condenada al pago de las costas procesales.
El caso ha sido defendido por el despacho Ivacero Abogados, con la representación del letrado Jacobo Cuenca, quien ha destacado la relevancia de proteger los derechos de los trabajadores frente a despidos fundamentados en pruebas obtenidas mediante vigilancia privada.
Esta resolución refuerza la protección de los derechos laborales y subraya la importancia de una evaluación objetiva de las pruebas en casos de despido por incapacidad temporal.
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