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Las multas que pueden ponerte siendo peatón
Ser peatón también conlleva una serie de responsabilidades en materia de seguridad vial, las multas pueden alcanzar los 1.000 euros.
¿Crees que los peatones sólo tienen derechos, y no obligaciones que cumplir? Nada más lejos de la realidad. Muchas veces se puede pensar que las multas y sanciones sólo van hacia los conductores. Sin embargo, multar a las personas que caminan a pie de calle es lícito siempre que no se respete el Reglamento General de Circulación. Este protege al viandante, pero sólo si cumple la normativa.
A pesar de su vulnerabilidad, muchos cometen imprudencias que les pueden salir muy caras, como no respetar un semáforo cuando está en verde para vehículos, cruzar una calle de forma antirreglamentaria o mirando el teléfono móvil.
Las personas que caminan por las vías deben ser conscientes de la situación de peligro, de no ser así los agentes de tráfico podrán ponerles multas de hasta 1.000 euros, si con su comportamiento ponen en peligro la seguridad del tráfico.
1. Caminar muy despacio: Atravesar la calzada muy despacio, aunque sea incluso por el paso de cebra, sin una causa justificada, conlleva una sanción de 80 euros.
2. Cruzar la calle por un lugar 'incorrecto': Transitar por la calzada existiendo una zona peatonal practicable... una sanción de 80 euros.
3. Caminar a ciertas horas y ciertos lugares: No caminar por la izquierda, circular por la calzada o arcén entre el ocaso y la salida del sol fuera de poblado sin ir provisto de un elemento luminoso también supone una multa de 80 euros. Además, si provocamos un accidente por caminar por la calzada la sanción asciende a 200 euros.
4. Caminar por el carril bici o carril 'BUS-VAO': Multa de 200 euros.
5. Cruzar con semáforo en rojo: Si el semáforo está en verde para los conductores y rojo para el peatón, pero las prisas nos hacen cruzar la calle, pueden multarnos con 200 euros.
6. Control de alcoholemia: Un peatón también puede ser sometido a la prueba de alcoholemia o de drogas. Cuando la tasa de alcohol es superior a 0,25 mg/l o inferior a 0,50 gramos por litro, se le multará con 500 euros. Si el peatón es reincidente o supera los 0,5 mg/l en sangre, la sanción, siempre por vía administrativa, ascenderá a 1.000 euros.
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