Según el juez, hay suficientes indicios para proceder, como grabaciones del supuesto enlace o a la madre de la víctima exhibiendo "gran cantidad de dinero"
Condenado por disparar con una pistola de juguete a su hija de 9 años para "corregir su actitud"
Once meses de prisión y pérdida de la patria postestad o derechos de visita durante tres años.
La Audiencia Provincial de Pontevedra ha confirmado la sentencia que condena a un padre a once meses de prisión y pérdida de la patria potestad por disparar varias veces con una pistola de juguete a su hija, de 9 años, para "corregir su actitud", después de que esta hiriese accidentalmente con ella a su hermana.
El auto considera así "proporcionada" y correcta la sentencia emitida en su día por el Juzgado de lo Penal número cuatro de Pontevedra y desestima el recurso presentado por el padre.
En concreto, se considera probado que el 29 de diciembre de 2019, mientras las dos niñas estaban al cuidado de su padre, la menor, de 9 años, hirió accidentalmente a la mayor, de 10, al dispararle un proyectil de goma de una pistola de juguete.
Al enterarse de lo sucedido, explica el auto, el padre "comenzó a pegar" a la niña "con la mano abierta" y, posteriormente, "le disparó en las piernas con la pistola de juguete varias veces a escasa distancia", alcanzándole en "ocho o nueve" ocasiones con las balas de plástico. Como consecuencia, la niña presentaba varios moratones.
En su recurso, el padre alegó que no había pegado a la niña, aunque admitió haberle disparado con la pistola de juguete "a distancia" para "corregir su actitud" y sin "intención de lesionarla".
Sin embargo, la Audiencia, que desestima el recurso, considera que los hechos han quedado acreditados y afea que el padre incurra en una contradicción cuando alega que no pretendía hacerle daño a la menor, ya que reconoce que el objetivo de su acción era "hacerle ver que podía dañar a su hermana".
Por estos hechos, el hombre ha sido condenado a 11 meses de prisión e inhabilitación para tener armas durante dos años. Del mismo modo, tampoco podrá comunicarse durante o aproximarse durante dos años a su hija ni tener su patria potestad o derechos de visita durante tres años.
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