Condenados el gerente y la enóloga de una bodega de Alcazarén por un accidente laboral con un herido

La Audiencia de Valladolid confirma seis meses de prisión y una indemnización de más de 17.500 euros por falta de medidas de seguridad

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Condenados el gerente y la enóloga de una bodega de Alcazarén por un accidente laboral con un herido
La Audiencia Provincial de Valladolid.
El autor esAlejandro De Grado Viña
Alejandro De Grado Viña
Lectura estimada: 2 min.
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La Audiencia Provincial de Valladolid ha confirmado la sentencia que condena al gerente y a la enóloga de la bodega Viñas Murillo, ubicada en Alcazarén, a seis meses de prisión y al pago de más de 17.500 euros por un delito contra los derechos de los trabajadores en concurso con un delito de lesiones por imprudencia grave.

El fallo ratifica la resolución del tribunal de instancia en relación con el accidente laboral sufrido por un empleado el 27 de noviembre, cuando realizaba tareas de limpieza en depósitos de acero inoxidable en el interior de la bodega. Según recoge la sentencia, el trabajador, peón de campo, recibió instrucciones de la enóloga -responsable de la organización del trabajo- para limpiar los depósitos, labor en la que contó con la ayuda de otro operario. Para acceder a las zonas más elevadas, ambos utilizaron una jaula metálica acoplada a una carretilla elevadora desde la que realizaban la limpieza con agua a presión.

Tras limpiar varios depósitos, la estructura se desestabilizó y la jaula se salió de las horquillas de la carretilla, provocando la caída del trabajador desde una altura aproximada de tres metros y medio. Como consecuencia del accidente, el empleado sufrió un traumatismo fronto-facial, heridas, hematomas y diversas fracturas. Fue sometido a intervención quirúrgica y a un tratamiento posterior de rehabilitación, con un periodo de curación de 95 días y secuelas permanentes.

La Audiencia considera acreditado que el accidente se produjo por la ausencia de medidas de protección adecuadas para trabajos en altura, ya que los operarios no contaban con equipos de protección individual ni sistemas de anclaje. Aunque la decisión de emplear este procedimiento fue adoptada por los propios trabajadores, el tribunal subraya la responsabilidad de la empresa en garantizar la seguridad laboral.

En concepto de responsabilidad civil, los condenados deberán indemnizar al trabajador, de forma conjunta y solidaria con la aseguradora y la bodega, por los daños sufridos durante el periodo de recuperación, la intervención quirúrgica y las secuelas, que incluyen perjuicios funcionales y estéticos. Aun así, la sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación.

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