En el juicio, el joven negó su participación en ambos hechos y respecto del robo, explicó que las banderas, no pertenecían a dicha sede
Piden un año de cárcel a una persona por agredir a otro en los baños de un bar al grito de "hay que matar a los maricas como tú"
A consecuencia de la agresión, la víctima sufrió distintas lesiones físicas y ansiedad que precisaron de una primera asistencia sanitaria
La Audiencia de Valladolid celebra juicio el próximo día 6 de julio contra un varón con iniciales G.C.R. por un delito de odio cometido en mayo de 2021 cuando, presuntamente, agredió a otro en los baños de un bar de la capital al grito de "hay que matar a los maricas como tú".
En su escrito de calificación provisional, el fiscal del caso solicita para el encausado una condena de un año de cárcel por delito de odio y multa de 3.240 euros, junto con su inhabilitación por espacio de cuatro años para el ejercicio de cualquier profesión u oficio educativos en el ámbito docente (en todo caso tres años superior a la pena privativa de libertad que le sea impuesta), y otra multa de 720 euros por un delito leve de lesiones, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
El incidente objeto de la presente causa se remonta al 2 de mayo de 2021, sobre las 19.05 horas, y tuvo por escenario un bar ubicado en la calle Alonso Pesquera de Valladolid, donde la víctima había acudido al baño del local y se disponía a abandonar la zona del water para acercarse a la del lavabo.
Fue entonces cuando, presuntamente, el acusado dio un fuerte empujón a la puerta para impedírselo y acto seguido le agarró del brazo, se lo retorció y le introdujo de nuevo en la zona del water y le puso contra la pared tras asirle también por el cuello, para en ese momento comenzar a proferir frases del tipo "¡hijo de puta, marica, marica de mierda, hay que matar a los maricas como tú!".
A consecuencia de la agresión, la víctima sufrió distintas lesiones físicas y ansiedad que precisaron de una primera asistencia sanitaria.
Junto con las referidas penas pedidas por tales hechos, la acusación pública interesa la prohibición del acusado de aproximarse al agredido a una distancia no inferior a 500 metros por un tiempo de dos años, así como a comunicarse con él por cualquier medio durante el mismo periodo.
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